A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Juan Carlos Cortés González·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aceptar impedimento manifestado por magistrado de la Corte Constitucional, por causal de interés en la actuación del cónyuge o compañero permanente del funcionario judicial
- Procedencia de la causal, por tener interés en la actuación procesal
- Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento presentado por el doctor Juan Carlos Cortés González.
El magistrado consideró que podía estar inmerso en la causal descrita en el artículo 56.1 del Código de Proceso Penal, la cual está relacionada con el presunto interés en la actuación procesal que pueda tener el funcionario judicial, su cónyuge o compañero o compañera permanente, o algún pariente suyo dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad.
Lo anterior, en la medida en que su cónyuge fue asesora externa jurídica de Capital Salud EPS y prestó sus servicios profesionales en esa entidad hasta el 10 de octubre de 2024, estando pendiente, a la fecha de presentación del impedimento, la finalización de los actos liquidatorios del contrato.
La Sala concluyó que el posible interés de la cónyuge del magistrado Cortés es directo, personal y actual, con lo que se acredita la configuración de la causal invocada.
Con base en lo anterior, se declaró FUNDADO el impedimento y se separó al doctor Juan Carlos Cortés González del conocimiento del expediente de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- RESUELVEN:
- Primero. DECLARAR FUNDADO el impedimento manifestado por el magistrado Juan Carlos Cortés González en el expediente T-10.324.261.
- Segundo. SEPARAR al magistrado Juan Carlos Cortés González del conocimiento del expediente T-10.324.261 en el cual se acepta el impedimento presentado en los términos de esta providencia.
- Tercero. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.